Caso Bulacio: un claro ejemplo de la complicidad policial-judicial.
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El 19 de Abril de 1991, Walter Bulacio tenía 17 años, iba a ver por primera vez a su banda favorita, Patricio Rey y sus Redonditos de Ricota, en el estadio Obras Sanitarias de la ciudad de Buenos Aires. Junto con otros 72 chicos fue víctima de una razia feroz y sin sentido como acostumbraba a hacer la policía, en este caso la Seccional 35 a cargo del Comisario Espósito. La orden era reprimir a esos jóvenes que encontraban en la cultura del rock, una forma de expresión, de libertad, de reclamo, en el marco de un estado neoliberal que se lo devoraba todo en beneficio de unos pocos y en el que las fuerzas de seguridad ocupaban un rol clave para el disciplinamiento y el control social.
Lo golpearon, lo dejaron seriamente lastimado y demasiado tarde –adrede- lo llevaron al Hospital Pirovano con traumatismo de cráneo, según le dijeron los médicos a su madre, además constataron en la huellas de su cuerpo que los policías le habían pegado. Pasaron más de 22 años, nunca se juzgó a Espósito por la muerte de Walter, porque la carátula de “torturas seguida de muerte” que impulsó la querella siempre fue desestimada por los cerca de 50 jueces que intervinieron en distintas etapas del proceso.
En 1999, el Estado argentino ofreció una indemnización a la familia de Walter para que la demanda no siguiera adelante, pero los Bulacio la rechazaron, dijeron que no buscaban plata y querían el reconocimiento del Estado en la muerte del joven. La causa en la CIDH siguió adelante. En 2002, en los tribunales locales prescribió la causa contra Espósito. Pero un año mas tarde el Estado argentino reconoció ante la CIDH que Walter “fue víctima de una violación a sus derechos en cuanto a un inapropiado ejercicio del deber de custodia y a una detención ilegítima”. La CIDH ordenó que se “adopten las acciones ‘enérgicas’ para evitar la prescripción de la causa”, se indemnice a la familia y “sean investigados y sancionados quienes permitieron la impunidad de este caso”.
El viernes pasado Espósito fue condenado solo a tres años de prisión en suspenso, sin aplicación efectiva, por “privación ilegítima de la libertad”, un delito con penas de entre 2 y 6 años. El argumento de la defensa fue que la policía actuó por aplicación del Memorando 40, una reglamentación interna pergeñada por dos jueces correccionales en 1967, que autorizaba a los comisarios a no dar intervención a la Justicia en el arresto de un menor de edad, y que fue derogada luego del Caso Bulacio.
Su padre murió sin obtener justicia, su abuela –que siempre encabezó la lucha- no pudo asistir al juicio por su delicado estado de salud. Su mamá quedó con graves problemas psíquicos desde esa fecha, y tampoco pudo presenciar el juicio por esta situación de salud. “Teniendo en cuenta todo lo que pasó a lo largo del proceso judicial, podría tomarse como un logro que le hayan dado tres años a Espósito, pero nos hubiera gustado que fuera preso, que tuviera que sufrir algo de lo que sufrimos nosotros como familia. A Walter nada nos lo puede devolver, pero verlo a Espósito preso hubiera sido alcanzar un poco de justicia”, dijo su hermana Tamara Bulacio, que tiene 20 años y dos hijos. Tamara, desde niña, iba a las marchas de la mano de su abuela, para pedir justicia por su hermano, a quien no conoció porque murió dos años antes de que ella naciera.
“Yo sabía, yo sabía, que a Bulacio lo mató la policía”, cantábamos en las marchas en búsqueda de justicia por Walter, pero la palabra “Bulacio” fue reemplazada por “los chicos” a medida que se empezaron a sumar. Andrés Nuñez, Maxi Albanese, Miguel Bru, y tantos otros. Sin duda alguna este caso marca otro hecho emblemático en dónde la complicidad policial-judicial fue el eje de una trama de injusticia que se repitió con miles de pibes y pibas víctimas del “gatillo fácil” en democracia.
Lic. Jorge Jaunarena
Asoc. Miguel Bru. Sec. de DDHH. FP y CS.